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viernes, 31 de octubre de 2008

Técnicas de Estimulación Prenatal

La estimulación prenatal es una técnica que usa varios estímulos como sonidos, especialmente la voz de los padres y la música, movimiento, presión, vibración y luz para favorecer el desarrollo del bebé antes de nacer. Te invitamos a ver este video simpático e ilustrativo video:

Video: Parto Vertical

Iniciamos esta nueva sección de nuestro boletín electrónico Promoviendo Salud con este interesante video. Para verlo sigue el siguiente enlace:
Para conocer más sobre este tema, te invitamos a leer la siguiente nota de prensa:
Colegio de Obstetras del Perú considera acertada política de salud al respecto14:23 Mayor cobertura de parto vertical permitirá reducir mortalidad materna en Perú, aseguran
Lima, set. 21 (ANDINA).- La ampliación de la cobertura del parto vertical en todos los establecimientos de salud del Perú contribuirá a reducir la mortalidad materna, sostuvo la decana del Colegio de Obstetras del Perú, Carmen Rosa Gamarra.

Además, comentó, también consolidará el reconocimiento de la interculturalidad y de la voluntad de la mujer de dar a luz como mejor lo desee o le convenga.

Subrayó que esta modalidad de alumbramiento, que tiene muchos siglos de antigüedad, ha demostrado ser más saludable para la mujer gestante que el parto horizontal (creado en el siglo XVIII y que obligó a las mujeres a cambiar una costumbre positiva).

Agregó que el parto vertical no se practica sólo en la Sierra y Selva del Perú, sino que forma parte de la atención primaria de salud y es una modalidad oficialmente reconocida en países desarrollados.

“Muchos creen que el parto vertical tiene que ver sólo con la Sierra y Selva, pero si uno viaja, por ejemplo, a Alemania, podrá notar que en los hospitales existen camillas para parto vertical. La mejor posición para dar a luz siempre ha sido la vertical”, remarcó.

En ese sentido, Gamarra saludó la labor que viene cumpliendo el Ministerio de Salud (Minsa) en la difusión e implementación progresiva de esta modalidad de alumbramiento en el país.

Destacó la gestión de la Coordinadora Nacional de la Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva del Minsa, Lucy del Carpio, así como de su equipo de trabajo y colaboradores en todo el país.

“Existe una guía de atención del parto vertical que se está difundiendo en todo el país, labor que se suma a la creación de las llamadas ‘Casas de Espera’, que contribuyen a institucionalizar los partos en el país”, manifestó.

Sostuvo que el problema con la mortalidad materna en el país radica en las dificultades para la atención de las mujeres gestantes en hospitales y otros establecimientos de salud.

“Gracias al trabajo de los cooperantes, así como del Minsa y de la estrategia de salud sexual y reproductiva, existen más de 300 Casas de Espera que están contribuyendo a la reducción de la mortalidad materna”, enfatizó.

Las Casas de Espera son lugares acondicionados para alojar temporalmente a las mujeres gestantes o puérperas quienes, por vivir en zonas alejadas, tienen dificultad de acceso a los servicios de salud.

Están ubicadas en un lugar cercano a un establecimiento de salud (a un máximo de 10 minutos de distancia) y tienen la capacidad de resolver o derivar de manera asistida y oportuna cualquier emergencia obstétrica.

MYPES: un millón 200 mil personas accederán a servicio de salud


24-09-08 El Comercio, Economía, Pág. B2

Cobertura crecerá gracias a ley de mypes
UN MILLÓN 200 MIL PERSONAS ACCEDERÁN A SERVICIO DE SALUD

Hasta ayer ministros Pasco y Valdivieso afinaban reglamento Mypes.
Un sector del Gobierno propone la incorporación de taxistas a esta ley

Hasta el cierre de esta edición los ministros de Economía, Luis Valdivieso, y de Trabajo, Mario Pasco, continuaban reunidos para afinar algunos detalles de lo que será la versión final del reglamento de la ley de Mypes. El objetivo, según lo declarado por Pasco el fin semana, era que pudieran tener listo el texto y que sea discutido en la sesión de hoy del Consejo de Ministros.

Pese a esto, la parte sustancial de la propuesta ya se encuentra plasmada en la versión que el MEF entregó hace pocos días al Ministerio de Trabajo. En ella explica detalladamente cómo se efectuará el subsidio parcial que realizará el estado para que miles de microempresarios y trabajadores tengan acceso a salud y pensiones.

Por ejemplo, para el acceso a la cobertura de salud el trabajador o el conductor de la microempresa cubrirá el 50% de lo que se aporta actualmente al Sistema Integral de Salud (S/. 20) y la otra mitad será asumida por el Estado. Con este nuevo mecanismo por cada S/.10 que aporte el trabajador, el Estado lo subsidiaría con una contraparte de S/.10. El subsidio solo será aplicable luego de que trabajadores y microempresarios hayan cumplido con efectuar su contribución mensual. Aunque en el reglamento no figuran cifras, según la proyección que hizo en su momento el entonces titular del MEF, Luis Carranza, el costo total de la propuesta en salud sería de aproximadamente S/.1.160 millones, que se invertirían en un período de ocho años. En ese plazo se espera atender a un promedio de 1,2 millones de personas, entre trabajadores y microempresarios.

Otra precisión que aparece en el reglamento de ley es que luego de su afiliación al SIS, el trabajador mantendrá sus derechos activos hasta por un período máximo de tres meses, contados a partir del último aporte realizado independientemente de su permanencia en la microempresa.

"Si se compara con Essalud que da la posibilidad de atenderse hasta doce meses después de haber concluido el vinculo laboral, este punto limita de alguna manera el acceso a salud", dijo el laboralista Jorge Toyama.

En el caso de pensiones se crea un régimen previsional paralelo denominado Sistema de Pensiones Sociales (SPS). Para acceder el trabajador realizará un pago de S/. 15 (como mínimo al sistema), en tanto que el Estado depositará S/.15 adicionales. Dicho aporte, según el texto, se efectuará el último día hábil del mes de enero de cada año.

Para tener acceso a la pensión, los trabajadores deberán tener 65 años y haber efectuado un mínimo 300 aportes (25 años).}

De otra parte, también se otorga una amnistía laboral y el plazo para acogerse será de cuatro meses. Al respecto, Gustavo Yamada, de la Universidad del Pacífico, indicó que "solo existe amnistía en los intereses y multas pero no en las contribuciones y beneficios no realizados en el tiempo que fue informal, lo cual resulta demasiado oneroso para miles de mypes. Lo ideal es que la amnistía sea integral".

ALCANCES DEL REGLAMENTO
A quiénes más beneficiará la ley
A. Hasta ayer el ministro Mario Pasco habría insistido para que una persona que constituye una empresa sin empleados (como un taxista) también pudiera acceder a los beneficios del régimen mypes.
B. Sin embargo, el viceministro de Economía, Eduardo Morón, consideró que esto no sería posible pues se tratan de personas que realizan actividades de subsistencia y que difícilmente podrían crecer o contratar empleados a largo plazo.
C. Según el reglamento, las juntas de vecinos también podrán acogerse a este régimen laboral. Según Toyama esto es "muy positivo" pues implica que podrán contratar personal de vigilancia y limpieza, siempre que no excedan de 10 trabajadores.

DEL CONSULTOR
Falta precisar los incentivos (Julio Gamero. Investigador UNI-CIES)
La propuesta de reglamento en materia del cofinanciamiento de los servicios de salud y de pensiones ayuda a precisar determinados aspectos y otros no.

En el primer caso se han señalado los derechohabientes del mismo: hijo menor de edad o incapacitado y cónyuge o conviviente. En materia de acceso a pensiones, se advierte mayores alcances sobre la naturaleza del sistema de pensiones sociales (SPS), del cual se resalta la similitud con la operación de un fondo privado, pero con aporte del Estado, regulado por la SBS, pero con la precisión de que la pensión será bajo la modalidad de renta vitalicia familiar. Hubiera sido deseable que se señalara una pensión mínima, toda vez que el trabajador es uno con ingresos alrededor de la remuneración mínima.


Si bien los aspectos señalados constituyen un elemento de progreso, el asunto de fondo es la cobertura. Para acceder, los microempresarios deberán inscribir a sus trabajadores en el régimen laboral especial y ello supone, cuando menos, el pago de una remuneración mínima. Sin embargo, solo un tercio de los trabajadores de las microempresas de 2 a 5 trabajadores cuentan con esa remuneración. ¿Entonces cuál sería el incentivo para el conductor de la microempresa la afiliación de sus trabajadores al régimen especial? Y aún si tuviera el suficiente excedente, ¿lo afiliaría? En un contexto de menor presupuesto para la función inspectiva del Ministerio de Trabajo, ¿cómo salvaguardar el acceso de los trabajadores?