Suscribirse a Promoviendo Salud
Correo electrónico:
Consultar este grupo

viernes, 31 de octubre de 2008

MYPES: un millón 200 mil personas accederán a servicio de salud


24-09-08 El Comercio, Economía, Pág. B2

Cobertura crecerá gracias a ley de mypes
UN MILLÓN 200 MIL PERSONAS ACCEDERÁN A SERVICIO DE SALUD

Hasta ayer ministros Pasco y Valdivieso afinaban reglamento Mypes.
Un sector del Gobierno propone la incorporación de taxistas a esta ley

Hasta el cierre de esta edición los ministros de Economía, Luis Valdivieso, y de Trabajo, Mario Pasco, continuaban reunidos para afinar algunos detalles de lo que será la versión final del reglamento de la ley de Mypes. El objetivo, según lo declarado por Pasco el fin semana, era que pudieran tener listo el texto y que sea discutido en la sesión de hoy del Consejo de Ministros.

Pese a esto, la parte sustancial de la propuesta ya se encuentra plasmada en la versión que el MEF entregó hace pocos días al Ministerio de Trabajo. En ella explica detalladamente cómo se efectuará el subsidio parcial que realizará el estado para que miles de microempresarios y trabajadores tengan acceso a salud y pensiones.

Por ejemplo, para el acceso a la cobertura de salud el trabajador o el conductor de la microempresa cubrirá el 50% de lo que se aporta actualmente al Sistema Integral de Salud (S/. 20) y la otra mitad será asumida por el Estado. Con este nuevo mecanismo por cada S/.10 que aporte el trabajador, el Estado lo subsidiaría con una contraparte de S/.10. El subsidio solo será aplicable luego de que trabajadores y microempresarios hayan cumplido con efectuar su contribución mensual. Aunque en el reglamento no figuran cifras, según la proyección que hizo en su momento el entonces titular del MEF, Luis Carranza, el costo total de la propuesta en salud sería de aproximadamente S/.1.160 millones, que se invertirían en un período de ocho años. En ese plazo se espera atender a un promedio de 1,2 millones de personas, entre trabajadores y microempresarios.

Otra precisión que aparece en el reglamento de ley es que luego de su afiliación al SIS, el trabajador mantendrá sus derechos activos hasta por un período máximo de tres meses, contados a partir del último aporte realizado independientemente de su permanencia en la microempresa.

"Si se compara con Essalud que da la posibilidad de atenderse hasta doce meses después de haber concluido el vinculo laboral, este punto limita de alguna manera el acceso a salud", dijo el laboralista Jorge Toyama.

En el caso de pensiones se crea un régimen previsional paralelo denominado Sistema de Pensiones Sociales (SPS). Para acceder el trabajador realizará un pago de S/. 15 (como mínimo al sistema), en tanto que el Estado depositará S/.15 adicionales. Dicho aporte, según el texto, se efectuará el último día hábil del mes de enero de cada año.

Para tener acceso a la pensión, los trabajadores deberán tener 65 años y haber efectuado un mínimo 300 aportes (25 años).}

De otra parte, también se otorga una amnistía laboral y el plazo para acogerse será de cuatro meses. Al respecto, Gustavo Yamada, de la Universidad del Pacífico, indicó que "solo existe amnistía en los intereses y multas pero no en las contribuciones y beneficios no realizados en el tiempo que fue informal, lo cual resulta demasiado oneroso para miles de mypes. Lo ideal es que la amnistía sea integral".

ALCANCES DEL REGLAMENTO
A quiénes más beneficiará la ley
A. Hasta ayer el ministro Mario Pasco habría insistido para que una persona que constituye una empresa sin empleados (como un taxista) también pudiera acceder a los beneficios del régimen mypes.
B. Sin embargo, el viceministro de Economía, Eduardo Morón, consideró que esto no sería posible pues se tratan de personas que realizan actividades de subsistencia y que difícilmente podrían crecer o contratar empleados a largo plazo.
C. Según el reglamento, las juntas de vecinos también podrán acogerse a este régimen laboral. Según Toyama esto es "muy positivo" pues implica que podrán contratar personal de vigilancia y limpieza, siempre que no excedan de 10 trabajadores.

DEL CONSULTOR
Falta precisar los incentivos (Julio Gamero. Investigador UNI-CIES)
La propuesta de reglamento en materia del cofinanciamiento de los servicios de salud y de pensiones ayuda a precisar determinados aspectos y otros no.

En el primer caso se han señalado los derechohabientes del mismo: hijo menor de edad o incapacitado y cónyuge o conviviente. En materia de acceso a pensiones, se advierte mayores alcances sobre la naturaleza del sistema de pensiones sociales (SPS), del cual se resalta la similitud con la operación de un fondo privado, pero con aporte del Estado, regulado por la SBS, pero con la precisión de que la pensión será bajo la modalidad de renta vitalicia familiar. Hubiera sido deseable que se señalara una pensión mínima, toda vez que el trabajador es uno con ingresos alrededor de la remuneración mínima.


Si bien los aspectos señalados constituyen un elemento de progreso, el asunto de fondo es la cobertura. Para acceder, los microempresarios deberán inscribir a sus trabajadores en el régimen laboral especial y ello supone, cuando menos, el pago de una remuneración mínima. Sin embargo, solo un tercio de los trabajadores de las microempresas de 2 a 5 trabajadores cuentan con esa remuneración. ¿Entonces cuál sería el incentivo para el conductor de la microempresa la afiliación de sus trabajadores al régimen especial? Y aún si tuviera el suficiente excedente, ¿lo afiliaría? En un contexto de menor presupuesto para la función inspectiva del Ministerio de Trabajo, ¿cómo salvaguardar el acceso de los trabajadores?