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viernes, 24 de abril de 2009

Se aprobó Ley de Aseguramiento Universal en Salud

El 8 de abril del 2009 en el Congreso de la República se aprobó el tan anhelado y tantas veces postergada Ley 29344 - Ley de Aseguramiento Universal en Salud.

Para ver el texto completo de la Ley siga el siguiente enlace:




CALIFICAN DE HITO EN LA HISTORIA DE LA SALUD PÚBLICA LEY DE ASEGURAMIENTO UNIVERSAL
La promulgación de la Ley de Aseguramiento Universal es un hito en la historia de la salud pública en el país, opinó el presidente de la Comisión de Salud del Parlamento, Luis Wilson, quien aseguró que el Congreso fiscalizará la elaboración del reglamento así como la implementación de la norma.
“Por su importancia no podemos desentendernos de su implementación por lo que ejerceremos el control político correspondiente a efectos de garantizar que la voluntad del legislador se materialice”, aseveró Wilson.
El legislador destacó que la ley en mención permitirá dar solución a la necesidad de atención médica de millones de peruanos.
“Esta ley va a permitir dar solución a una necesidad de atención de Salud para todos los peruanos, y sobre todo una mayor cobertura de Aseguramiento en la Salud”, dijo.
Añadió que la citada norma, promulgada por el presidente Alan García, contribuirá a que el gasto en salud no sea una catástrofe financiera, económica y familiar, sino que será respaldado por un fondo bien administrado.
Wilson destacó el esfuerzo de todos los sectores que participaron en la elaboración de la norma durante tres años de intenso trabajo.
“Ha sido un esfuerzo de concertación en el que han participado todos los partidos políticos con representación en el congreso, son tres años de trabajo intenso y el resultado es la ley que todos celebramos. Por eso agradezco a los congresistas, a mi equipo técnico y al Presidente de la República por haberme dado la confianza de sacar adelante esta ley”, afirmó.
La norma en cuestión tiene por objetivo garantizar que la población tenga el derecho pleno y progresivo a la seguridad social en salud, así como normar el acceso y funciones de regulación, financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento.
Asimismo, permitirá a la población acceder a un conjunto de prestaciones de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas, de equidad, calidad y dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS).
El Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol en el sector, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y políticas relacionadas con la promoción, implementación y el fortalecimiento del aseguramiento. También se establece que las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud serán el Seguro Integral de Salud (SIS), el Seguro Social de Salud (EsSalud), las Sanidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
Andina de Noticias


OFICIALIZAN LEY DEL SEGURO UNIVERSAL

La Ley de Aseguramiento Universal de Salud publicada en el diario oficial El Peruano marca el inicio de un cambio en el sistema de salud de nuestro país.
El presidente de la República, Alan García, afirmó en la víspera de la publicación de la ley que se iniciará un plan piloto en las regiones más empobrecidas del Perú, y que la incorporación de todos los ciudadanos a este sistema será progresivo. Para ello la norma indica hasta tres regímenes por los que se puede acceder al aseguramiento universal.

Tres regímenes
El parlamentario Daniel Robles, miembro de la Comisión de Salud del Congreso, explicó que en las zonas que forman parte de este programa piloto se cubrirá progresivamente en los próximos 12 meses “hasta el 85 por ciento de todos los riesgos de enfermedad y necesidades quirúrgicas de la población”.
Robles puntualizó que a partir de la vigencia de la ley ya todos los peruanos son beneficiarios del Plan Esencial de Aseguramiento Universal (PEAS), uno de los planes que comprende la norma.
Este PEAS, según la ley, comprende a su vez tres regímenes.
  • El régimen contributivo, que incluye a las personas que realicen un pago o cotización a alguna institución administradora de fondos de aseguramiento en salud bajo cuenta propia o de su empleador.
  • El segundo régimen reúne a las personas que estén bajo el financiamiento público total, esto es a través del Sistema Integral de Salud (SIS), y está dirigido a las personas de bajos recursos económicos.
  • El régimen semicontributivo se refiere al financiamiento público parcial, es decir, a un aporte entre el asegurado y el empleador, según corresponda.


En ese sentido, señala Robles, es que ya los peruanos son beneficiarios de la ley en alguno de estos regímenes del PEAS, el mismo que será elaborado por el ministerio a partir de estudios de carga de enfermedad y tomando en cuenta las prioridades regionales.
Para la elaboración, el despacho de Salud tiene 60 días a partir de la vigencia de la ley, según reza la norma.

Males de alto costo
Pero, ¿qué sucedería en caso de padecer una enfermedad cuyo costo de atención sea muy alto? En ese caso, explica el congresista, las enfermedades “que no están incluidas en el PEAS podrán ser financiadas para la población del régimen semicontributivo y subsidiado con el Fondo Intangible Solidario de Salud- FISSAL”.

En efecto, la norma señala la creación de ese fondo intangible. Establece también que el listado de las enfermedades que serán aseguradas “deberá ser definido previamente por el Ministerio de Salud”.
Otra de las características del sistema de aseguramiento universal, según indica la norma, es su obligatoriedad. La afiliación a alguno de los regímenes ya señalados es obligatoria para toda la población residente, la que podrá obtener el servicio mediante su DNI, el único documento válido para cualquier tipo de atención.

Claves
Piloto. Se realizará el Plan Piloto de la Ley de Aseguramiento Universal en Apurímac, Huancavelica y Ayacucho.
Norte. Asimismo en Sánchez Carrión, La Libertad; Salas, Lambayeque; el Bajo Piura, Piura; y el Bajo Huallaga, San Martín.
Edición impresa La República